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Cónyuges De Ciudadanos Estadounidenses Con Visa Tipo K-32023-06-02T15:20:48-05:00

Visa K-3 Para Cónyuges De Ciudadanos Estadounidenses

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Objetivo De Las Visas K-3 Para Cónyuges De Ciudadanos Estadounidenses

La Visa de tipo K-3 permite al cónyuge nacido en el extranjero de un ciudadano estadounidense que tiene un formulario I-130, Petición de Extranjero, presentado en su nombre, viajar a los Estados Unidos antes de la aprobación del Formulario I-130. Según las leyes de inmigración de los Estados Unidos, un cónyuge se define como un esposo o esposa legalmente casado. Una pareja de hecho no tiene derecho a una Visa K-3.

Para obtener una Visa K-3, una persona debe:

  • Tener un matrimonio válido con un ciudadano estadounidense;
  • Tener un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero presentado en su nombre; y
  • Cumplir los demás requisitos para ser admitido como inmigrante en Estados Unidos.

Además de residir en Estados Unidos mientras esperan la aprobación de sus peticiones de Visa de inmigrante, los titulares de una Visa K-3 pueden estudiar y trabajar en Estados Unidos y viajar fuera de Estados Unidos para realizar viajes cortos y regresar.

Las Visas K-3 se expiden por dos años. Se concederá una prórroga de estancia de dos años adicionales si está pendiente el formulario I-130 o la solicitud de ajuste de estatus.

Los titulares de una Visa K-3 no pueden cambiar su estatus a otra clasificación de no inmigrante.

Aplicar A Una Visa K-3 Para El Cónyuge De Un Ciudadano Estadounidense

En primer lugar, el cónyuge ciudadano estadounidense debe presentar el formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (United States Citizenship and Immigration Services – USCIS). Una vez que el USCIS reciba la petición, enviará al cónyuge ciudadano de los Estados Unidos un aviso de recepción en el Formulario I-797, Aviso de Acción. El aviso de recepción sirve como prueba de que el USCIS ha recibido la petición.

A continuación, el cónyuge ciudadano estadounidense debe presentar el Formulario I-129F, Petición de Prometido/a Extranjero/a, ante el USCIS. Junto con el formulario I-129F debe incluirse una copia de la notificación de recepción del formulario I-130 ya presentado.

Una vez que el USCIS aprueba el formulario I-129F, la petición se remite al Centro Nacional de Visas (National Visa Center – NVC). El Centro Nacional de Visas envía la petición a la embajada o consulado de Estados Unidos del país donde se celebró el matrimonio. Si el matrimonio tuvo lugar en Estados Unidos, la petición se remitirá a la embajada o consulado de Estados Unidos con jurisdicción sobre el cónyuge nacido en el extranjero.

La embajada o consulado de Estados Unidos enviará al cónyuge nacido en el extranjero un Paquete de Cita para la Visa K-3. El paquete incluirá la fecha y la hora en que el prometido debe presentarse a una entrevista, qué documentos debe llevar a la entrevista, y explicará el procedimiento para el examen médico, que es obligatorio para todos los solicitantes de Visas K-3.

Hijos De Titulares De Visas De Tipo K-3

Visa K3 Asesoria Legal Gratuita En AustinLos hijos solteros menores de 21 años de los titulares de una Visa K-3 pueden solicitar una Visa K-4, que les permitirá acompañar a sus padres a Estados Unidos. Al llenar el formulario I-129F, el cónyuge ciudadano estadounidense debe asegurarse de enumerar a todos los hijos. El hecho de no enumerar a los hijos del titular de la Visa K-3 podría dificultar la prueba de su relación con el K-3 y, por tanto, la obtención de sus visas K-4.

Aunque no es necesario presentar un formulario I-130 por separado para los hijos de los titulares de una Visa K-3 a fin de que obtengan sus Visas K-4 para viajar a Estados Unidos, una vez en Estados Unidos, será necesario presentar formularios I-130 por separado para cada hijo a fin de que éstos puedan optar al ajuste de estatus al de residencia permanente.

Terminación Del Estatus De Visa Tipo K-3

A los titulares de Visas K-3 y K-4 se les cancelará automáticamente su estatus 30 días después de:

  • Denegación o revocación del formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero;
  • Denegación o revocación del Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus;
  • El divorcio del titular de la Visa K-3 con el ciudadano estadounidense;
  • El matrimonio del K-4; o
  • Expiración de la Visa sin solicitar una prórroga de la estancia.

Si usted o un ser querido necesita ayuda con su caso de inmigración en Austin, ¡contacte a la abogada Kate Lincoln-Goldfinch hoy!

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